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Ayudas Terremoto Lorca

18.05.2001 Haga clic para descargar la información del BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO. CIRCULAR

Oficina de Damnificados “Terremoto Lorca”

Todavía no está operativa la oficina de damnificados, en la que se podrá recabar información y presentar solicitudes de ayuda para los damnificados por el terremoto de Lorca. Estas ayudas abarcan a daños sobre bienes asegurados y/o no asegurados. Ponemos a vuestra disposición la hoja de “Declaración de daños por el terremoto facilitada por el [...]

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NOVEDADES FISCALES Y LABORALES 2011

 

Las novedades más significativas previstas en las diferentes NORMAS FISCALES Y LABORALES publicadas recientemente (Ley 39/2010 de Presupuestos Generales, RD-Ley 13/2010, entre otras) y que se aplicarán desde 01-01-2011, salvo algunas excepciones que se indican:

 TEMAS FISCALES :

 IRPF

  •  Aumenta la tributación en el IRPF para las rentas altas. Se ha incrementado en un 1% el tipo impositivo aplicable a las bases liquidables generales que superen los 120.000, 20 €  y  en un 2% para las que superan los 175.000,20 €.
  •  Supresión de la deducción de 2.500 € para los nacimientos o adopciones producidas a partir del 01-01-2011.
  •  Con efectos desde 1 de enero de 2011, la deducción por inversión en vivienda habitual y la deducción por alquiler de vivienda habitual sólo será aplicable a los contribuyentes en aquellos ejercicios en los que su base imponible sea inferior a 24.107,20 € anuales. La ley ha establecido un régimen transitorio para que  los contribuyentes que con anterioridad a 1 de enero de 2011 hubieran adquirido su vivienda o satisfecho cantidades para su construcción puedan seguir aplicando la deducción por inversión aunque superen dicha base imponible. 
  •  La reducción aplicable a los rendimientos obtenidos por el alquiler de inmuebles destinados a vivienda se eleva del 50% al 60% para los contratos de alquiler celebrados a partir del     01-01-2011. Para poder aplicar la reducción del 100% el arrendatario no podrá tener más de 30 años (hasta ahora 35 años). 

SOCIEDADES

  • Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 01-01-2011, se eleva el umbral de cifra de negocios que posibilita acogerse al régimen especial de entidades de reducida dimensión, de 8 a 10 millones de euros. Además, podrán seguir disfrutando del régimen especial que les resulta aplicable durante los tres ejercicios inmediatos siguientes a aquél en que se alcancen dicha cifra. Además aumenta el tramo de base imponible al que se aplica el tipo impositivo del 25% hasta los 300.000 €  (RD-Ley 13/2010 y RD-ley 14/2010). 
  • Para los períodos impositivos iniciados dentro de 2011, el tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo (microempresas) del 20% se aplicará al tramo de base imponible entre 0 y 300.000 € y para el resto de base el 25%  (RD-Ley 13/2010).

IVA

  • Se  elimina la obligación legal de expedir “autofactura” en los supuestos de inversión del sujeto pasivo.

ITP/AJD

  • Están exentas de gravamen la constitución de sociedades, el aumento de capital, y algunas otras operaciones societarias (RD-Ley 13/2010)

MATERIA SOCIO  – LABORAL

  • El Salario Mínimo Interprofesional para 2011 es 21,38 €/día o 641,40 €/mes (RD 1795/2010). 
  • Los trabajadores AUTÓNOMOS que tengan 48 o 49 años de edad y cotizan en el RETA por una base inferior a 1.665,90 € mensuales no podrán elegir una base superior a 1.682,70 €, salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30-06-2011.   
  • La base mínima de cotización de los trabajadores AUTÓNOMOS que en algún momento del año 2010 y de manera simultánea hayan tenido contratado a su servicio un nº de trabajadores por cuenta ajena igual o superior a 50, tendrá un cuantía igual a la de los trabajadores encuadrados en el grupo 1 del Régimen General (1.045,20 € , Orden TIN/41/2011). 
  • Los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de los Empleados de Hogar cotizarán por  contingencias profesionales (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) al tipo previsto en la Tarifa de primas de la DF Octava de la Ley 26/2009, con la consiguiente eliminación de la cotización adicional del 0,1. 
  • Se establece una nueva prestación económica a los progenitores, adoptantes o acogedores, cuando ambos trabajen, para el cuidado del menor/es a su cargo afectados por cáncer u otra enfermedad grave. El beneficiario tendrá que reducir su jornada  laboral como mínimo en un 50%. 
  • La ampliación de la duración del permiso de paternidad a cuatro semanas entrará en vigor el 01-01-2012.

 Otros:  

  • El IPC General interanual diciembre de 2010 se sitúa en el 3 % (INE)
  • Interés legal del dinero hasta 31-12-2011 se fija en el 4 % y el interés demora a que se refiere el Art.26.6 de la Ley 58/2003, General Tributaria, se fija en el 5%   

Ante cualquier duda o para completar los contenidos de la presente pueden dirigirse a nuestro despacho.

 


 

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