Ayudas Terremoto Lorca
18.05.2001 Haga clic para descargar la información del BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO.
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Todavía no está operativa la oficina de damnificados, en la que se podrá recabar información y presentar solicitudes de ayuda para los damnificados por el terremoto de Lorca. Estas ayudas abarcan a daños sobre bienes asegurados y/o no asegurados.
Ponemos a vuestra disposición la hoja de “Declaración de daños por el terremoto facilitada por el Ayto. de Lorca. Estos datos, en principio, son meramente informativos y de carácter censal, debiendo los damnificados dar parte individualmente a su compañía aseguradora o esperar a la puesta en funcionamiento de la oficina de atención al damnificado (Ayuntamiento de Lorca) para informar sobre daños en bienes no asegurados.
El Ayuntamiento de Lorca a puesto a disposición de sus ciudadanos, puestos de información en las siguientes direcciones:
Las novedades más significativas previstas en las diferentes NORMAS FISCALES Y LABORALES publicadas recientemente (Ley 39/2010 de Presupuestos Generales, RD-Ley 13/2010, entre otras) y que se aplicarán desde 01-01-2011, salvo algunas excepciones que se indican:
TEMAS FISCALES :
IRPF
SOCIEDADES
IVA
ITP/AJD
MATERIA SOCIO – LABORAL
Otros:
Ante cualquier duda o para completar los contenidos de la presente pueden dirigirse a nuestro despacho.
Adjuntamos los aspectos esenciales de la reforma de las pensiones prevista en el Anteproyecto de Ley sobre Actualización, Adecuación y Modernización del Sistema de Seguridad Social del Consejo de Ministros del 28-01-2011. Estas medidas serán objeto de concreción en el Proyecto de Ley.
I. Introducción
II. Edad de jubilación
III. Cálculo de la pensión
IV. Jóvenes en formación
V. Otros aspectos relevantes
VI. Conclusiones
I. INTRODUCCIÓN
II. EDAD DE JUBILACIÓN
II. Edad de jubilación (1)
La edad legal de jubilación se incrementa gradualmente hasta los 67 años, a lo largo de un periodo transitorio. (“Durante los primeros 6 años esta edad crecerá en un mes cada año, y en los siguientes 9 años crecerá en 2 meses por año. Cuanto llegue el año 2027, la edad será la de 67 años”, señala el titular de Trabajo en Rueda de Prensa posterior al Consejo de Ministros)
Sin embargo, el nuevo sistema de jubilación, basado en la gradualidad y flexibilidad, contempla diversos supuestos en los que se reconoce el derecho a la jubilación antes de esa edad.
(Se elimina la jubilación especial a los 64 años, según se indica en la nota de prensa del Consejo de Ministros)
Se establecen incentivos para el alargamiento voluntario de la vida laboral y de las carreras de cotización.
II. Edad de jubilación (2)
a. Jubilación antes de 67 años para determinados colectivos
Podrán acceder a la pensión de jubilación antes de los 67 años atendiendo a sus características personales o profesionales:
II. Edad de jubilación (3)
b. Jubilación a partir de los 65 años
c. Jubilación anticipada a partir de los 63 años
II. Edad de jubilación (4)
d. Jubilación anticipada en situaciones de crisis a partir de 61 años
e. Jubilación parcial a los 61 años
III. CÁLCULO DE LA PENSIÓN
III. Cálculo de la pensión (1)
Para reforzar la contributividad del sistema se introducen diversas modificaciones en el cálculo de la cuantía.
• PERÍODO DE CÓMPUTO (Cálculo de la base reguladora)
Se incrementa progresivamente de 15 a 25 el número de años a tener en cuenta para el cálculo de la pensión.(“Cada año que transcurra desde que entre en vigor la Ley, el periodo de cómputo se incrementará en un año. Primero serán 15, como ahora; después 16, 17, 18, hasta llegar a 25 en diez años”, ha afirmado, señala el Ministro de Trabajo en Rueda de Prensa posterior al Consejo de Ministros)
Se mantiene la cobertura de todas las lagunas de cotización, ajustando las bases a partir de los dos primeros años.
III. Cálculo de la pensión (2)
• ESCALA (para la determinación de la pensión en función del esfuerzo de cotización)
Se prevé su evolución progresiva hasta convertirse en totalmente proporcional.
En paralelo a la subida de la edad de jubilación, se exigirán 37 años cotizados para alcanzar el 100% de la pensión.
IV. JÓVENES EN FORMACIÓN
Para mejorar la protección de los jóvenes que entran en el mundo laboral a través de programas formativos o de investigación:
Se cotizará a la Seguridad Social por ellos, y tendrán la protección correspondiente a un contrato formativo.
Podrán formalizarse convenios especiales en ciertos casos (entre otros, programas en el extranjero).
Se permitirá en estos supuestos empezar a cotizar a través de un convenio especial, incluso si no se ha cotizado previamente.
Se permitirá el “rescate”, por una sola vez y por un plazo máximo de dos años, de las situaciones en las que ahora existe obligación de cotizar pero no existió en el pasado.
V. OTROS ASPECTOS RELEVANTES
Mejora de las pensiones mínimas de las personas solas
Integración y convergencia de regímenes
Factor de sostenibilidad
Separación de fuentes y alternativas de financiación complementaria
Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales
Mejora de las pensiones mínimas de las personas solas
Se reforzará la acción protectora del sistema para mejorar las pensiones de este colectivo, que es el más expuesto a situaciones de pobreza.
Este esfuerzo adicional debe hacerse sin distinciones por razón de la contingencia protegida (jubilación, incapacidad, muerte y supervivencia).
Integración y convergencia de regímenes
• Trabajadores agrarios (REASS)
Se integrarán en el Régimen General a través de un Sistema que garantice la equiparación de sus prestaciones.
Se establecerá un periodo transitorio para mantener la competitividad de las cotizaciones agrarias.
• Régimen Especial de Trabajadores Autónomos
Las bases mínimas de cotización crecerán al menos como las bases medias del Régimen General durante los próximos quince años.
Las subidas anuales no serán aplicables cuando la situación económica comporte pérdida de rentas o de empleos.
Gracias a esta progresiva subida de las bases se logrará un incremento de las prestaciones futuras.
Factor de sostenibilidad
Los parámetros fundamentales del sistema se revisarán por las diferencias entre la evolución de la esperanza de vida a los 67 años de la población en el año en que se efectúe la revisión y la esperanza de vida a los 67 años en 2027.
El cálculo se efectuará cada cinco años, utilizando a este fin las previsiones realizadas por los organismos oficiales.
Separación de fuentes y alternativas de financiación complementaria
Se asumen plenamente el conjunto de las recomendaciones del Pacto de Toledo en materia de separación y clarificación de fuentes de financiación.
Se compatibilizarán los objetivos de consolidación y estabilidad presupuestaria con los de plena financiación de las prestaciones no contributivas y universales a cargo de los Presupuestos de las Administraciones Públicas.
Se constituirá un grupo de expertos que examinará posibles escenarios de financiación complementaria de nuestro sistema de Seguridad Social en el medio y largo plazo, dentro de un marco coherente con la separación de fuentes.
Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades Profesionales
Se ajustará la cotización por contingencias profesionales a los costes de las prestaciones, de la prevención de la siniestralidad y demás riesgos laborales para cada sector de actividad.
Se desarrollará un programa específico de seguimiento de las bajas con una duración inferior a 15 días, mejorando la conexión entre el INSS y las Mutuas y unificando criterios diagnósticos.
Se revisará la composición de los órganos directivos de las Mutuas
VI. CONCLUSIONES
Ø La reforma consolida y refuerza el sistema público de pensiones ante los desafíos del escenario demográfico y social de las próximas décadas.
En definitiva, da confianza y tranquilidad a la sociedad española al fortalecer el corazón de nuestro Estado de bienestar.
(Información facilitada por el Ministerio de Trabajo)
Prácticamente la mitad de los estudios de viabilidad para nuevos proyectos empresariales durante 2010 se centran en actividades tan trilladas como peluquerías, centros de estética, tiendas de alimentación, panaderías, venta de productos congelados, comidas preparadas, verdulerías, artículos gourmet, bares y restaurantes. Mención especial requieren los negocios relacionados con la belleza y la cosmética, según un estudio de la Cámara de Comercio de Zaragoza. La gestión se ha convertido en el elemento decisivo. “En la práctica, es el factor que aporta valor añadido y el que marca, en numerosas ocasiones, la frontera entre el fracaso o la continuidad de la nueva empresa”.
Entre otros suprime el artículo 38.2, que obligaba a los gestores de los ficheros de morosos a cancelar cautelarmente datos personales cuando existiera un “principio de prueba” de que se habían incluido indebidamente en dichos registros. Además plantea una cuestión prejudicial al TJCE para que se pronuncie sobre la legalidad de una parte de la normativa española de protección de datos, que restringe el desarrollo de ficheros de morosos que incluyan datos sin el consentimiento de los afectados.
La Asociación Internacional de Seguros de Crédito y Caución (ICISA) estima que el pasado año las aseguradoras de Crédito cubrieron operaciones a nivel mundial por un valor superior a los 1,5 billones de euros, según recoge CRÉDITO Y CAUCIÓN en su boletín CyCRed. La cifra supone una disminución del 24% respecto a los niveles de 2008, reflejando, por un lado, la caída histórica de los volúmenes de comercio internacional registrada en 2009 y, por otro, el incremento del riesgo de impago. No obstante, recuerda la aseguradora, ICISA tienen una perspectiva positiva para este año, basada en la evolución del sector en el primer trimestre. “Las expectativas de medio plazo son más difíciles de predecir”, comenta.
Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. (BOE 06-07-2010)
Los seguros de crédito cubren 1,8 billones de euros del comercio en todo el mundo, una cifra que casi duplica el PIB de España. En 2009 esa cifra sólo disminuyó un 10%.
El uso del crédito comercial se incrementará en la segunda mitad de 2010, principalmente como herramienta de retención de clientes. Esta es una de las principales conclusiones del libro blanco sobre el futuro del crédito comercial elaborado por el Grupo Atradius, que opera en España a través de Crédito y Caución.
El Senado aprueba la modificación de la Ley de Medidas de Lucha contra la Morosidad, que mantiene plazos máximos para el pago entre empresas [60 días] y Administración [30 días].
El Pleno del Senado ha aprobado la modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen Medidas de Lucha contra la Morosidad en las Operaciones Comerciales. La Comisión de Industria, Turismo y Comercio del Congreso aprobó un primer texto que fue remitido al Senado. El texto ahora aprobado debe volver aún al Congreso para su ratificación final.